“DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ”
PLIEGO DE RECLAMOS 2009 – CER SUTE REGIONAL CALLAO
Oficio Nº 01-2009-CER SUTE REGIONAL CALLAO
Señor
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Callao
ASUNTO: PRESENTAMOS PLIEGO UNICO DE RECLAMOS
REF. -
Constitución Política del Perú
Ley vigente del profesorado Nº 24029
Ley de la Participación en Rentas de Aduanas Nº 27613
Ley Nº 27444
Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
De nuestra consideración:
A nombre del Sindicato del rubro, representado por su Secretaria General María Atoche Vilca identificado con el DNI Nº 255779601 y su Secretario de Defensa Walter Guerrero Guerrero identificado con DNI Nº 06170402, señalando domicilio común en la Residencia Alameda Colonial, Edificio 1, Dpto. 502, altura de la cuadra 49 de la av. Colonial, Callao, nos presentamos ante usted respetuosamente y decimos:
Que, al amparo del inciso 20 del artículo 2º de la Constitución Política del Estado Peruano, el artículo 106º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y demás leyes nacionales e internacionales que amparan el derecho de petición y negociación colectiva, nos dirigimos a usted para interponer nuestro PLIEGO UNICO DE RECLAMOS 2009, la misma que contiene puntos de alcance regional y local en los aspectos económicos, profesionales, político, sindical, educativo y social, para su debida atención y oportuna solución a nuestra demanda. Asimismo esperamos la fijación de fecha y hora para el inicio del trato directo, donde, nuestra Comisión de Trato sustentará loa puntos indicados en nuestro pliego.
A la espera de su comunicación nos despedimos de usted reiterándole las muestras de nuestra consideración.
Atentamente:
CER SUTE REGIONAL CALLAO
Sindicalmente:
María Atoche Vilca.
Secretaría General del
CER del SUTE CALLAO
Walter Guerrero Guerrero
Secretario de Defensa del
CER del SUTE CALLAO
PLIEGO DE RECLAMOS 2009
ASPECTO ECONÓMICO
1.- Cumplimiento del artículo 51 y 52 de la Ley del Profesorado relacionado al subsidio por luto al fallecimiento de su cónyuge y padres equivalente a dos remuneraciones y una remuneración respectivamente, a una remuneración total permanente por fiestas patrias, por navidad y por escolaridad; a recibir dos remuneraciones íntegras al cumplir 20 años de servicios la mujer y 25 años de servicio el varón; y a tres remuneraciones íntegras por cumplir 25 de servicios la mujer y 30 años de servicios el varón.
2.- Bonificación salarial por Zona diferenciada del 10% de la remuneración permanente para los docentes de las I.Es. que se encuentran laborando en una Zona Menor Desarrollo Relativo y en Zonas declaradas de Emergencia, es decir zonas de alto riesgo, por contaminación y por ser urbano marginales como Chacaritas, Puerto Nuevo, Frigorífico, Guardia Chalaca y Barrio Fiscal # 3 (Pueblos con Contaminación del Plomo), Pachacutec, Mi Perú, etc. de acuerdo al art. 48 de la de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria ley Nº 25212 (Art. 211 de su Reglamentación).
3.- Pago permanente por concepto de estudios concluidos de maestría o doctorado de 120 soles y pago por obtención del grado de magister o doctor de 180 soles de acuerdo al D.S. 050-2005-EF y al D.S 081-2006-EF.
ASPECTO PROFESIONAL
1.- Respeto irrestricto del artículo 8º de la Ley del Profesorado, Ley Nº 24029 y su Modificatoria Ley 25212, que establece que con el TÍTULO o LICENCIADO en EDUCACIÓN es suficiente para el ejercicio profesional, es decir, laborar en el Callao.
2.- Respeto irrestricto de los derechos adquiridos de los maestros de acuerdo a la Ley del Profesorado Nº 24029, su modificatoria Ley Nº 25212 y su Reglamento, D.S. Nº 019-90-ED. Cese a la pretensión de conculcarlos.
3.- Respecto irrestricto del art. 64º de la Ley del Profesorado con respecto al derecho del ingreso de la Carrera Pública del Profesorado de los maestros con nombramiento interino al obtener el título pedagógico.
4.- Respeto irrestricto del art. 36º de la Ley del Profesorado relacionado al derecho de reingreso en el mismo nivel de los profesores cesados.
5.- Respeto irrestricto del art. 1º del D.S Nº 011-2007-ED, que modifica el Reglamento de la Ley del Profesorado relacionado al derecho del maestro de su reincorporación automática término de la sanción su sanción.
6.- Respeto irrestricto del art. 13 y 15 de la Ley del Profesorado referido al derecho irrenunciable de los 60 días de vacaciones anuales.
7.- Ascensos de Nivel de acuerdo al título III del Reglamento de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria, ley Nº 25212.
8.- Programar Reasignaciones y Permutas de acuerdo a la Ley del profesorado y de la RM Nº 1147-91-ED, Reglamento de Reasignaciones y Permutas para el Profesorado.
9.- Reconocimiento de los años de estudios de formación profesional al tiempo de servicio de acuerdo al art. 43 de la Ley del profesorado.
ASPECTO POLÍTICO, SINDICAL Y EDUCATIVO
1.- Garantizar la defensa de la Educación Pública Gratuita y de Calidad para los niños y adolescentes del Callao y no a la Municipalización e ISO en Educación consideradas acciones coactivas y privatizadoras.
2.- Respeto al derecho de organización sindical, protesta y huelga.
3.- Revocatoria y/o Nulidad de la RDR Nº 000288-2009/DREC que aprueba la Directiva Nº 003-UGP-DREC “Normas para la participación de capacitaciones organizadas por el Gobierno Regional del Callao/CAFED y la Dirección Regional de Educación”.
4.- Revocatoria y/o Nulidad de pleno derecho de la R.D.R. Nº 000345-2009/DREC que fija el inicio del año escolar el 23 de febrero.
5.- Mayor inversión en el mejoramiento y/o arreglo de la infraestructura de las I.E. y atención de los servicios básicos de las zonas más pobres de la Region Callao. Así como la creación de Instituciones Educativas con infraestructura adecuada.
6.- Por la implantación de una Escuela Única, Pública, Politécnica y Científica.
7.- No al cierre de aulas o escuelas en las zonas rurales o urbano marginal. Cese inmediato al proceso de racionalidad.
8.- Designación de personal de los diferentes cargos en la DREC y la UGEL Ventanilla con el perfil profesional idóneo.
9.- Establecer 25 estudiantes por aula secundaria y primario, de acuerdo a lo recomendado por la UNESCO, Asimismo, 20 estudiantes para inicial y 10 estudiantes para especial.
10.- Establecer para el contrato de los profesores en el Callao un sistema de Evaluación Integral (Experiencia, capacitaciones, modelo de clase, etc) en busca de la idoneidad profesional y en beneficio de los niños y adolescentes del Callao y no solo vía exámenes. Así mismo, revisar el convenio suscrito entre el Estado Peruano y la Iglesia Católica mediante R. M. Nº 438-89-ED por ser considerada discriminaría e injusta.
11.- Promover la elaboración de un Proyecto Educativo Chalaco al servicio de la sociedad Chalaca y no avalar proyectos educativos No pertinentes como el Proyecto CAR o el llamado CAREDUCPERU y la Escuela de Avanzada y otros sin ningún resultado positivo ya que no solucionan los problemas educativos del callao.
12.- Cumplimiento irrestricto del art. 3 de la Ley Nº 27613 (Ley de la Participación en Rentas de Aduanas) donde se establece que el 10% del monto percibido por el Gobierno Regional, como Participación en Rentas de Aduanas (PRA) que va Fondo Educativo está destinado a sufragar Programas destinados solo a la Provincia Constitucional del Callao, con el fin de elevar la Calidad Académica y Pedagógica solo de los Profesores del Sector Público, así como también otorgar incentivos por horas distintas a estos programas y la buena preparación de los estudiantes del Callao. Asimismo, destinar el 20% para realizar obras de Infraestructura y Equipamiento en las Escuelas Públicas, enfatizando el desarrollo informático e Internet.
13.- Acceso de tres profesores (uno de inicial, uno de primaria y uno de secundaria) con voz y voto como miembros del CAFED siendo renovados irrestrictamente cada año vía elecciones universales y democráticas.
14.- Entrega del BONO REGIONAL a los Profesores Nombrados y Contratados (489 en la primera lista, 146 en la segunda lista y Otros que ni siquiera figuran en ambas listas) que hasta la fecha no se hace efectiva.
15.- Entrega del BONOS ALIMENTICIOS MENSUAL a los Profesores del Callao como parte de los incentivos que nos otorga el art 3 de la Ley Nº 27613 (Ley de la Participación en Rentas de Aduanas).
16.- Crear un portal web del CAFED en la cual, teniendo en cuenta la ley de transparencia publicar la normatividad, los convenios, los acuerdos del CAFED, los montos depositados por el Banco de la Nación a la Región por la Participación en Renta de Aduanas año a año, el balance económico-financiero de la inversión y gastos del Fondo Educativo año a año y otros que establezca la ley.
17.- Reinicio de la Ampliación del Primer Programa de Capacitación Docente interrumpida abruptamente sin cumplir con la Ampliación hasta el 28 de febrero en perjuicio de los docentes. Así mismo, se solicita una última Ampliación de tres meses más para el Primer Programa de Capacitación Docente debido a una falta de atención efectiva.
ASPECTO SOCIAL
1.- Mejores condiciones laborales para todos los trabajadores en la Educación.
2.- Implementar comedores populares permanentes en todas las Instituciones Educativas del Callao.
3.- Desalojo de los depósitos de plomo que viene contaminando a la población chalaco y que ocasionan daños irreversibles a su salud.
Marzo del 2009.
lunes, 9 de marzo de 2009
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soy reasignado a la ugel ventanilla, no es justo que hasta el momento no se me hace el respectivo pago de haberes desde el mes de marzo, es el caso de varios maestros no se si el sutep pueda apoyar este problema o solo para cuestiones politicas o de interes.
ResponderEliminarPLANILLAS DE LA UGEL VENTANILLA, NO CUMPLE CON UN TRABAJO SERIO Y EFECTIVO EN LA PROGRAMACION DE PAGO DE LOS MAESTROS
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